La Asamblea Nacional (Parlamento) de Nicaragua, controlada por el oficialismo, aprobó una reforma a la Ley Orgánica del Poder Legislativo que establece la suspensión de un diputado de sus derechos si está siendo procesado por la supuesta comisión de un delito.
Hasta ahora, según la ley, un legislador quedaba suspendido en el ejercicio de sus derechos cuando, previa privación de la inmunidad, había sido condenado mediante sentencia firme a la pena de privación de libertad o de inhabilitación para ejercer el cargo mientras dure la pena.
Con la reforma, propuesta y aprobada por los legisladores sandinistas, se establece que el diputado quedará suspendido en el ejercicio de sus derechos cuando, previa privación de la inmunidad, “el diputado o diputada esté siendo procesado por la supuesta comisión de un delito”.
Si tras realizarse el juicio la sentencia es absolutoria, se le restituirán todos sus derechos, añade.
La enmienda fue aprobada con los votos de 74 legisladores sandinistas y sus aliados, de los 92 diputados que integran el Parlamento. El resto estuvieron presente y no ejercieron el derecho al voto.
Los sandinistas explicaron que esa enmienda tiene como objetivo fundamental adecuar la Ley Orgánica al funcionamiento de la Asamblea Nacional. Indicaron que con la enmienda pretenden adecuar algunas definiciones, ajustar algunos derechos de los diputados y agilizar el proceso de formación de la ley.
El Parlamento de Nicaragua está integrado por 92 diputados: 90 que son elegidos, más el presidente de la República saliente, así como el candidato presidencial que obtenga la segunda mayor cantidad de votos.
Fuente: EFE
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